Justicia para cecilio y su Familia- Justicia para Santiago

¡JUSTICIA URGENTE!

miércoles, 8 de septiembre de 2010

Acordada del Trinual Oral Federal

Poder Judicial de la Nación USOOFICIAL Acordada N° °° ° 9 /10:



............. el Tribunal considera necesario realizar una serie de precisiones, las cuales han sido especialmente consideradas al momento de formular la presente Acordada Reglamentaria de la etapa medular del juicio: el debate.- Al respecto se tiene presente que: I) La función judicial dentro de nuestro sistema republicano de gobierno, conlleva la necesidad de la publicidad de sus actos; II) En nuestro sistema constitucional no existen derechos absolutos, sino que éstos deberán ser ejercidos de conformidad a las leyes que lo reglamenten (Art. 28 C.N.); III) Dentro de este marco legal los Arts. 363 y 364 del C.P.P.N. permiten a los tribunales reglamentar de manera fundada las audiencias de debate contemplando la publicidad como una de sus principales características; IV) En esta temática los tribunales, como directores del proceso, tienen no solo el poder sino el deber de garantizar que el juicio se desarrolle con total normalidad durante las audiencias consecutivas que sean necesarias; V) El proceso penal, como instrumento de justicia, se presenta como un límite al poder punitivo del Estado y esencialmente como una garantía para los ciudadanos, regulador de los principios jurídico-políticos de naturaleza constitucional que lo inspiran.- Que merece una especial consideración lo relativo a la posibilidad de la televisación en directo del juicio.- Al respecto el tribunal considera, que no corresponde la transmisión en directo de todas las alternativas de la audiencia, tanto televisiva como radial.- Tal limitación, necesariamente alcanzará también a la posibilidad de ingresar a la sala de audiencias con grabadores, video filmadoras, cámaras fotográficas, celulares y/u otro medio o equipo técnico que permita su grabación, transmisión o retransmisión.-

Sin perjuicio de ello, se considera pertinente la habilitación de un lapso de tiempo al comienzo de cada audiencia para la obtención de fotografías y/o filmaciones, lo cual será comunicado por Secretaría y la Oficina de prensa y cesarán cuando el Tribunal lo ordene.-

En tal sentido se permitirá la transmisión en vivo de los siguientes actos procesales: 1- actos iniciales del juicio ( arts. 374 y 378 el C.P.P.N.); 2- discusión final (alegatos) ( art. 393 del C.P.P.N.) y 3- lectura de la sentencia, en su parte dispositiva y fundamentos (art. 400 del C.P.P.N.).-

Se pone en conocimiento de los medios y demás instituciones en general que, concluído el juicio, el Tribunal pondrá a disposición de quienes lo soliciten copia de la sentencia.-

Que la grabación magnetofónica estará a cargo del Tribunal.- En cuanto a la filmación de la audiencia y la transmisión en vivo de los tramos autorizados estarán a cargo, en su caso, del medio televisivo que solicite cubrirlos sin que ello implique exclusividad.-

Que las consultas que se originen durante el desarrollo del juicio serán formuladas a la Secretaría de Derechos Humanos de este Tribunal, debiendo realizarse las mismas por intermedio de la Oficina de Prensa de este Tribunal Oral de Santiago del Estero, a cargo de la Sra. Alicia María Cárdenas, las que oportunamente serán respondidas por el Tribunal.-

Que en atención a la trascendencia del caso e interés público, con el objeto de lograr un adecuado equilibrio entre el servicio de justicia y el de libertad de expresión, por razones de seguridad y capacidad física de la sala de audiencias, resulta procedente disponer un Sistema de Acreditación Previa para el ingreso a la sala de audiencias.- Las mismas se deberán realizar los días anteriores a la realización a la audiencia por intermedio de la Oficina de Prensa de este Tribunal, las que serán oportunamente visadas y autorizadas

Poder Judicial de la Nación USOOFICIAL por el Tribunal.- Sobre el particular se establece un orden de prioridad, a saber: a) familiares de los imputados y de las víctimas b) Organismos de Derechos Humanos c) representantes de instituciones públicas y privadas, d) periodistas que se hayan acreditado conforme acordadas al efecto y e) público en general.-En todos los casos, previo al ingreso de la sala, se requerirá la exhibición del documento de identidad o Cédula de la Policía Federal Argentina.- El ingreso, se permitirá hasta colmar la capacidad de lugares disponibles en la sala de audiencias y siempre tendrán prioridad los familiares directos tanto de las víctimas como de los imputados conforme al cupo que se les otorgue oportunamente, no permitiéndose la permanencia de personas que no tengan lugar asignado.-

Se hace conocer que se ha dispuesto que las audiencias hasta la conclusión del juicio, tengan lugar los días martes, miércoles y jueves, a partir de las 09:00 hs, continuando en horario vespertino sin perjuicio de habilitar los días que resultaren necesarios, lo que oportunamente será notificado por el Tribunal.-

Por último, atento a que hasta el momento ningún canal de televisión se ha interesado por la transmisión en directo de las secuencias de la audiencia que pueden salir al aire, se hace saber a los medios que estuvieren interesados pueden contactarse con la Secretaría de Derechos Humanos de este Tribunal -Oficina de Prensa-, sin que ello implique exclusividad.-

Por lo que se, RESUELVE: I) AUTORIZAR la transmisión en vivo de los siguientes actos del debate: a) inicio del juicio ( art. 374 y 378 del C.P.P.N, C.P.P.N.) b) discusión final -alegatos- (art. 393 del C.P.P.N.) y c) la lectura de la Sentencia, en su parte dispositiva y Fundamentos (art. 400 de C.P.P.N.).-

II) HABILITAR un lapso de tiempo al comienzo de cada audiencia u otro acto procesal para la obtención de fotografías y/o filmaciones, lo cual será comunicado por Secretaría y la Oficina de Prensa, y cesará cuando el Tribunal lo ordene.-

III) ESTABLECER que las consultas que se originen durante el transcurso del debate, serán formuladas a la Secretaría de este Tribunal, debiendo ser canalizadas por intermedio de la Oficina de Prensa de estos Tribunales Federales de la Provincia de Santiago del Estero, a cargo de la Sra. Alicia María Cárdenas, Correo Electrónicotofsantiagodelestero@pjn.gov.ar y oportunamente el Tribunal responderá lo pertinente.-

IV) DISPONER un sistema de Acreditación para el ingreso a la Sala de Audiencias, que deberá formularse por medio de la Oficina de Prensa aludida y oportunamente serán visadas y autorizadas por el Tribunal, conforme se considera.-

V) ESTABLECER que el ingreso a la sala de audiencias se ajustará al siguiente orden de prioridad: a) familiares de los imputados y de las víctimas; b) organismos de derechos humanos; c) representantes de instituciones públicas y privadas y d) público en general, conforme al cupo que se les asigne oportunamente y hasta colmar la capacidad de Sala de Audiencias.-

VI) HACER SABERque las audiencias se realizarán los días martes, miércoles y jueves a partir de las 9:00 hs., continuando en horario vespertino, conforme al desarrollo del debate, sin perjuicio de que el Tribunal disponga la habilitación de los días que resultaren necesarios, lo que será debidamente notificado.-

VII) HACER CONOCER a los medios de comunicación interesados en la transmisión en directo de las secuencias de la Audiencia de Debate, pueden contactarse con la Secretaría de Derechos Humanos de este Tribunal -Oficina de Prensa, sin que ello implique exclusividad ( tel. 0385 4221200).-

VIII) REMITIR copia de la presente acordada a los medios de Prensa.- Terminado el acto, firman los Sres. Jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santiago del Estero.-

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